Visado de nómada digital en España: requisitos 2026
Requisitos, ingresos mínimos, documentación, plazos y fiscalidad del visado de nómada digital en España en 2026, con costes reales y motivos habituales de denegación.
30 de julio de 2026 · 12 min de lectura

El visado de nómada digital en España permite residir legalmente en el país trabajando en remoto para empresas o clientes de fuera. Estos son los requisitos vigentes en 2026, los ingresos mínimos, los plazos y el coste completo del trámite.
Qué es exactamente
Se creó con la Ley de Startups (Ley 28/2022) y su nombre oficial es autorización de residencia para teletrabajo internacional. Se puede pedir de dos formas:
- Visado desde el consulado de tu país: válido 1 año, se solicita antes de viajar.
- Autorización desde España (vía UGE): válida 3 años y renovable por 2 más. Se pide estando legalmente en el país, por ejemplo como turista.
La segunda vía es la más habitual: la resolución llega en unos 20 días hábiles y cubre un periodo más largo desde el inicio.
Requisitos en 2026
- Trabajo remoto para empresas fuera de España. Si eres autónomo, puedes facturar a clientes españoles hasta un máximo del 20 % de tus ingresos.
- Antigüedad: al menos 3 meses con tu empresa actual, y la empresa debe llevar más de 1 año en activo.
- Ingresos mínimos: 200 % del SMI, aproximadamente 2.762 € brutos al mes (unos 33.150 € anuales) con el SMI de 2026.
- Titulación o experiencia: grado universitario, formación profesional superior o 3 años de experiencia demostrable en el sector.
- Seguro médico privado con cobertura completa en España, sin copagos ni carencias, o alta en la Seguridad Social.
- Antecedentes penales de los países donde hayas residido los últimos 2 años, apostillados y traducidos.
- Declaración responsable de ausencia de antecedentes en los últimos 5 años.
Los importes suben con acompañantes: +75 % del SMI por el primer familiar (unos 1.036 € más al mes) y +25 % por cada persona adicional.
Documentación que se presenta
- Formulario MI-T y justificante de la tasa 038 (unos 74 €).
- Pasaporte completo en vigor.
- Contrato laboral o contratos con clientes, más carta de la empresa autorizando el teletrabajo desde España.
- Certificado de vida laboral de la empresa (o registro mercantil equivalente).
- Nóminas o facturas de los últimos meses y extractos bancarios.
- Título universitario apostillado o acreditación de experiencia.
- Póliza de seguro médico.
- Certificado de antecedentes penales apostillado y traducido por traductor jurado.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social (formulario A1 o convenio bilateral) si mantienes tu cotización de origen.
Fiscalidad: el punto que más dudas genera
Si pasas más de 183 días en España, pasas a ser residente fiscal. La ventaja del visado es el acceso al régimen de la Ley Beckham:
- 24 % fijo sobre rendimientos del trabajo hasta 600.000 € anuales, frente a la escala progresiva que llega al 47 %.
- Aplicable durante el año de llegada y los 5 siguientes.
- Solo se tributa por rentas de fuente española (con la excepción de los rendimientos del trabajo).
- Se solicita con el modelo 149 dentro de los 6 meses siguientes al alta.
Los autónomos que facturan a clientes extranjeros suelen quedar fuera de Beckham y tributan en el régimen general. Conviene confirmarlo con un asesor antes de presentar la solicitud, porque el orden de los trámites afecta al resultado.
Coste real del proceso
| Concepto | Coste aproximado |
|---|---|
| Tasa administrativa (modelo 038) | 74 € |
| Tarjeta TIE | 21 € |
| Apostillas y traducciones juradas | 150–400 € |
| Seguro médico anual | 600–1.200 € |
| Gestoría especializada (opcional) | 800–2.000 € |
| Total | 850–3.700 € |
Plazos
- Solicitud desde España (UGE): resolución en 20 días hábiles; silencio administrativo positivo.
- Solicitud consular: entre 1 y 3 meses según el consulado.
- Cita para el TIE: dentro del mes siguiente a la aprobación.
- Renovación: se presenta hasta 60 días antes del vencimiento.
Motivos frecuentes de denegación
- Ingresos justo en el límite sin margen: presenta cifras claramente por encima del mínimo.
- Antecedentes penales sin apostilla de La Haya o con traducción no jurada.
- Seguros de viaje en lugar de seguro médico de residencia.
- Carta de la empresa sin mencionar de forma expresa la autorización para teletrabajar desde España.
- Facturación a clientes españoles por encima del 20 %.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirlo siendo autónomo?
Sí. Necesitas contratos con clientes de fuera de España con al menos 3 meses de relación y demostrar ingresos estables por encima del mínimo.
¿Puedo traer a mi pareja e hijos?
Sí, se incluyen en la misma solicitud acreditando los ingresos adicionales y el vínculo familiar con certificados apostillados.
¿Permite moverse por Europa?
La tarjeta de residencia permite viajar por el espacio Schengen hasta 90 días dentro de cada periodo de 180, sin derecho a trabajar en otros países.
¿Cuenta para la nacionalidad?
Sí. Los años de residencia legal computan para la nacionalidad por residencia: 10 años en general y 2 para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí.